PARRILLA DE PROGRAMACION MUSICAL
Lunes a Viernes
Cancionero popular 3 a 6 de la mañana
Madrugo con jesus 6 a 7 de la mañana
Mañanas crossover 7 a 11 de la mañana
Ranchenato 12 medio a 2 de la tarde
Arsenal del rock 2 a 3 de la tarde
Pildoras de salsa 3 a 4 de la tarde
Cien por ciento vallenato 4 a 5:00 de la tarde
El santo rosario 5:31 a 6 de la tarde
La santa misa 6 a 7 de la noche
De regreso a casa 7 a 9 de la noche
Lunes a Jueves
Ediccion limitada 9 a 10 de la noche
Domingo a Jueves
El escenario de los recuerdos 10 de la noche a 3 de la mañana
Viernes Sabados y Festivos
Remix dee jay 7 de la noche a 4 de la mañana
Sabados y Domingos
Amanecer del llano 5 a 7 de la mañana
Exitos del ayer 7 a 11 de la mañana
Sabados
33 Revoluciones 11 de la mañana a 1 de la tarde
Domingos
La escuela de la salsa 7 a 9 de la noche
Beneficios de pautar con nosotros
Imagen cercana y de confianza en la comunidad.
Planes publicitarios flexibles y económicos.
Apoyo a un medio de comunicacion que fortalece la identidad cultural.
Tarifas de cuñas radiales.
Tipo de cuña Frecuencia Precio 30 segundos 1 cuña diaria (1 mes) $80.000 - 30 segundos 3 cuñas diarias (1 mes) $200.000 60 segundos 1 cuña diaria (1 mes) $120.000 - 60 segundos 3 cuñas diarias
(1 mes) $300.000
Patrocinios de programas • Patrocinio semanal (5 menciones) $100.000 mes
• Patrocinio mensual (20 menciones) $300.000 mes
Sección El Clima del Día $50.000 mes • Sección Bolsa de Empleo (2 menciones por emisión) $120.000 mes
Agenda Cultural Comunal $80.000 mes - Paquetes combinados (Radio + Redes Sociales) Plan Incluye Precio Básico 30 cuñas (30s) + 2 publicaciones en redes $150.000
Emprendedor 90 cuñas (30s) + 4 publicaciones en redes + logo en transmisiones $300.000
Empresarial 150 cuñas (30s) + 8 publicaciones en redes + presencia en eventos $500.000 - Intercambios publicitarios
Panadería aporta desayunos recibe cuñas + menciones.
Tienda de ropa aporta uniformes recibe patrocinio de un programa.
1 programa radial de 10 minutos semanal $125.000 pesos
1 programa radial de 15 minutos semanal $187.000 pesos
1 programa radial de 30 minutos semanal $375.000 pesos
4 programas radiales de 60 minutos semanal $450.000 pesos costo unitario valor mensual $1.800.000 pesos descuento del 27% por pago de contado $1.300.000 pesos
Cuña de 20 segundos cada vez $5.750 pesos
25 segundos cada vez $6.550 pesos
30 segundos cada vez $8.850 pesos
40 segundos cada vez $10.150 pesos
45 segundos cada vez $12.150 pesos
60 segundos cada vez $16.350 pesos
CÓDIGO DE ÉTICA Y MANUAL DE ESTILO
EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA
7PUNTO21RADIO 88.1FM
“MUSICA QUE EVOLUCIONA”
BOGOTA DISTRITO CAPITAL
INTRODUCCIÓN
La desde su creación ha liderado procesos de comunicación comunitaria especialmente mostrando las potencialidades de la comunicación como factor de cambio y herramienta para la construcción de democracia LA FUNDACION DE COMUNICACIONES 7PUNTO21 SOMOS EVOLUCION quien es la organización concesionaria de la frecuencia modulada 88.1 distintivo de llamada HJU53.
El siguiente es el código de ética y manual de estilo establecidos para el manejo adecuado de la emisora local regional comunitaria y alternativa 7PUNTO21RADIO 88.1 FM
El código de ética de la emisora contienen las normas que rigen la programación que a diario se emite y que permite trazar las trayectorias sobre las cuales se basan los comunicadores para realizar su labor, así mismo contempla los lineamientos en relación con el Estado y la sociedad civil, de la misma manera el presente documento pretende desarrollar los objetivos, la misión y visión para la cual fue adjudicada la concesión en búsqueda de dar la palabra a los ciudadanos, ciudadanas, organizaciones sociales y al Estado en la emisora comunitaria como escenario de participación que permita expresarse e integrarse al desarrollo social del área de servicio
MISION
Prestará los servicios de Radiodifusión sonora dentro del marco legal establecido por las leyes colombianas (Ley 1341 de 2009) en concordancia con lo dispuesto por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la República de Colombia (Resolución 415 de 2010) en las áreas de la Ciencia, la Ética, la Moral y los valores huma nos, buscando educar y recrear a sus oyentes mediante su participación en espacios radiales de interés comunitario y en un marco de equidad y respeto, facilitando la resolución de conflictos y el afrontamiento con dignidad de las necesidades y aspiraciones de la población cubierta, promoviendo el desarrollo cultural, la solidaridad, el afrontar las diferencias, propiciando la integración, el rescate y la difusión de nuestros valores artísticos y culturales.
VISION
La emisora local regional comunitaria y alternativa 7PUNTO21RADIO 88.1 FM se proyecta como una emisora comunitaria de significativo impacto en su área de influencia para generar, a través de la promoción humana para el desarrollo sostenible, proyectos integrales de desarrollo comunitario, proyectos colectivizados mediante la difusión radial con criterio comunitario. Igualmente se proyecta como punto de referencia para los asuntos de democracia participativa, veedurías, cultura ciudadana, inclusión social y como estación radial líder en la difusión de contenidos para el desarrollo económico, político y cultural de los barrios de su área, a través de la capacitación de su equipo humano, de sus pasantes y de la inversión en mejoras de su infraestructura.
CAPITULO I
PRINCIPIOS Y POLITICAS DE LA EMISORA COMUNITARIA
ARTÍCULO PRIMERO: OBJETIVO DE LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA 7PUNTO21RADIO 88.1 FM es el de promover a través del ejercicio comunicativo el derecho fundamental de la libertad de expresión y pensamiento de las comunidades del área de servicio con el fin de potenciar la democracia y la búsqueda de una mejor calidad de vida satisfaciendo necesidades de comunicación entre la sociedad y el Estado.
ARTICULO SEGUNDO: PRINCIPIOS RECTORES. La emisora local regional comunitaria y alternativa
Se regirá por los siguientes principios rectores:
1. DEMOCRACIA: Promoverá la participación política conforme a los postulados constitucionales del artículo 40 y promoverá la construcción de la democracia a partir de las diferentes miradas o enfoques.
2. DIVERSIDAD: La Emisora local regional comunitaria y alternativa 7PUNTO21RADIO 88.1 F.M en su programación excluirá toda manifestación que vaya dirigida a la exclusión por motivos de raza, sexo, opción sexual, condición económica, política, cultural o cualquier otra forma de exclusión de la persona humana, sus programas irán dirigidos a potenciar la paz, la democracia, la participación, la resolución pacífica de los conflictos, la solidaridad en una sana convivencia social.
3. SOSTENIBILIDAD: Corresponde a todas las comunidades organizadas, a la y al Estado garantizar la sostenibilidad social, política, cultural, legal y económica del proyecto comunicativo implementado por la emisora comunitaria
4. AUTONOMÍA: La autonomía de la emisora local regional comunitaria y alternativa 7PUNTO21RADIO 88.1 F.M no se verá comprometida por la búsqueda de la sostenibilidad política, legal y económica del proyecto comunicativo.
5. EQUIDAD: La emisora local regional comunitaria y alternativa 7PUNTO21RADIO 88.1 F.M se rige por el principio de equidad en cuanto a género, opción sexual, infancia, etnias, minorías, discapacidad en correspondencia con criterios de justicia que tengan en cuenta sus particularidades y características.
6. PARTICIPACIÓN: La emisora local regional comunitaria y alternativa 7PUNTO21RADIO 88.1 F.M apoyará los procesos de participación social y comunitaria de su área de servicio con el fin fortalecer las relaciones con la sociedad civil y las instituciones del Estado. En la programación y contenidos se permitirán los disensos como reconocimiento del otro y de los diferentes sectores de la sociedad.
7. DIGNIDAD HUMANA: Este es un principio del Estado Colombiano, la dignidad humana es el pilar de crecimiento de la emisora local regional comunitaria y alternativa 7PUNTO21RADIO 88.1 F.M por tal motivo no se tolerará ningún acto que lleve a generar agresiones a los oyentes ni a quienes se encuentren vinculados o vinculadas a la emisora comunitaria.
8. RESPONSABILIDAD SOCIAL: La emisora comunitaria tiene una responsabilidad social frente a sus oyentes en cuanto a los contenidos emitidos, se garantizará el derecho de rectificación en condiciones de equidad conforme lo establece la Constitución Política de Colombia y las normas legales sobre el asunto.
9. CONSTRUCTOR DE PAZ: La emisora comunitaria es independiente frente a los actores violentos y propician la resolución pacífica de conflictos. En este sentido, realza desde el quehacer cotidiano de las comunidades, valores de tolerancia, convivencia y solidaridad, con miras a recomponer el tejido social.
POLITICAS DEL MANUAL DE ESTILO DE LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA
ARTÍCULO TERCERO:
Las políticas por la cual se regirá la emisora comunitaria son las siguientes:
1. CULTURA Y CIUDADANIA: La emisora comunitaria en desarrollo de la política de cultura y ciudadanía, tendrá los siguientes criterios:
a. Manejar los contenidos de programación de manera responsable, respetando la intimidad, el buen nombre, la honra y demás derechos fundamentales de la sociedad civil e individuos.
b. Trabajar por la formación de una audiencia analítica y participativa frente a la información que se difunde en su entorno.
c. Propiciar espacios de encuentro, participación y debate de los sectores de la comunidad por medio de su programación y actividades comunitarias.
d. Alimentar participativamente el proyecto comunicativo de la emisora en pro de la construcción de ciudadanía y a la socialización de nuevas maneras del quehacer político.
e. Orientará los contenidos hacia el reconocimiento de imaginarios e identidades, la promoción de la participación ciudadana y a la construcción de lo público.
f. Brindar frente a temas polémicos, diferentes visiones sobre los contenidos y dando herramientas para que la audiencia tenga criterios de reflexión frente a la información que se difunde.
2. CREACION Y PRODUCCION: Con respecto a esta línea de política seguirá los siguientes criterios:
a. Concertar a través de la Junta de Programación proyectos comunicativos, a partir de los cuales se formulan e implementan políticas y criterios, que definen el tratamiento de los contenidos de la programación, con sus enfoques y géneros.
b. Obedecer la programación a criterios pluralistas, democráticos, participativos y de calidad.
c. Explorar formatos, lenguajes y géneros que posibilite la producción de propuestas novedosas, creativas, atractivas, pertinentes y de calidad.
3. FORMACION E INVESTIGACION: Respecto a esta línea de política la emisora comunitaria seguirá los siguientes criterios:
a. Propender por la capacitación, formación y actualización del cuerpo humano de la emisora y sectores de la comunidad en diferentes áreas, con el objeto de fortalecer los contenidos de la programación, organización, sostenibilidad y crecimiento individual.
b. Contextualizar las informaciones generadas en la realidad Nacional e Internacional de acuerdo con los referentes de nuestra audiencia reafirmando las prácticas de responsabilidad social en el tratamiento de nuestros contenidos.
4. VISIBILIDAD DE TEMAS QUE NO SE MANEJAN EN OTROS MEDIOS: La emisora comunitaria para desarrollar esta línea de política, manejará procesos de comunicación ciudadana, por lo tanto interactuará con otros medios y tecnologías con el propósito de crecer, cualificarse y retroalimentar, desde lo técnico, lo temático y la cobertura del objeto comunicativo.
MANUAL DE ESTILO DE LA EMISORA COMUNITARIA.
CAPITULO II
DE LA PRODUCCIÓN RADIOFONICA COMUNITARIA
ARTÍCULO CUARTO: PAUTAS BÁSICAS PARA LA ACEPTACIÓN DE PROYECTOS DE PRODUCCIÓN RADIAL: Toda persona ya sea jurídica o natural que se proponga tener un espacio en la programación de la emisora comunitaria deberá cumplir las siguientes pautas básicas:
1. Que esté ajustado a los principios y políticas del proyecto comunicativo de la emisora comunitaria.
2. Que presente un perfil de proyecto de la producción: Objetivo, justificación, temática, responsable, metodología, horarios de emisión y grabación, financiación, audiencia, requerimientos técnicos, criterios de evaluación, duración del proyecto. Una proyección de los programas a emitir. Presentar programa Piloto.
3. Evaluación y aprobación de la organización concesionaria de la emisora para lo cual se tendrán los siguientes ítems de evaluación:
4. 1. Participación, es decir como desde el programa va a motivar la participación de la audiencia;
5. 2. Organización: Cómo va hacer la estructura del programa que se piensa emitir (formatos, música, entre otros aspectos);
6. 3. Antecedentes del grupo o persona que presenta la propuesta, para lo cual se deberá allegar hoja de vida de la organización y de los integrantes que vayan a estar al frente del programa;
7. 4. Verificación de la sustentabilidad social: es decir si el programa es de interés de la comunidad del área de servicio, lo cual se medirá a través
de la aceptación de la audiencia por medio de llamadas, cartas o cualquier otro medio de verificación;
5. Sustentabilidad ambiental: Que el programa no traiga mensajes que vayan en contra de la preservación ambiental;
6. Sustentabilidad económica: Cual va hacer la manera de sostener económicamente el espacio y su contribución a la emisora.
7. Notificación a la Junta de Programación de la entrada al aire de un nuevo programa: Se le comunicará a la Junta de Programación la entrada al aire de un nuevo programa con el fin de que sea evaluado por sus miembros y en caso de tener alguna objeción se le comunique a la FUNDACION DE COMUNICACIONES 7PUNTO SOMOS EVOLUCION, en donde se indique cuáles son las razones que sustentan su objeción para que sean evaluadas y de encontrasen a lugar se convoque a la Junta de Programación para tomar la decisión de sacar o no del aire el programa, de salir del aire el programa no habrá derecho a ningún tipo de indemnización a la persona que ha solicitado el espacio.
PARAGRAFO PRIMERO: De presentarse objeción encontrada como válida hecha por algún miembro de la Junta de Programación frente al programa nuevo que sale al aire la entidad concesionaria convocará a una reunión extraordinaria de la Junta de Programación para discutir el tema y tomar la decisión correspondiente, para lo cual se citará al interesado con el fin de que tenga oportunidad de exponer sus argumentos y garantizarle el debido proceso. Una vez tomada la decisión no será apelable.
PARAGRAFO SEGUNDO: Los miembros de la Junta de Programación tendrán diez días hábiles una vez notificados para pronunciarse sobre el nuevo programa que sale al aire, no de haber ninguna objeción se entenderá que es aceptado.
5. Respeto a los horarios de la pauta de la emisora comunitaria.
6. Autonomía de la emisora comunitaria para disponer del espacio cuando las actividades comunitarias lo requieran.
7. Exigir a los proponentes de programas un nivel básico en producción radial, la emisora comunitaria garantiza la formación de los proponentes.
8. Antes de iniciar el proceso de formación de un proyecto radial, los realizadores tendrán una jornada de inducción de los lineamientos del código de ética y manual de estilo de la emisora comunitaria que deberá ser asumido por los realizadores de programas.
9. No utilizar lenguajes excluyentes en la realización de los programas de la emisora comunitaria.
10.Se establecerá un contrato formal de realización con la emisora comunitaria, el cual será celebrado con la entidad concesionaria de la estación de radio comunitaria.
11.Cuando no se cumpla con el código de ética y con el manual de estilo la Junta de Programación pedirá al concesionario se retire el programa del aire.
12.Favorecer la explotación musical en la producción radial, reconocimiento a los derechos de autor.
ARTÍCULO QUINTO: PAUTAS BÁSICAS PARA ORIENTAR PROCESOS DE INVESTIGACIÓN Y MANEJO DE FUENTES PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS QUE SE DIFUNDAN A TRAVÉS DE LA EMISORA:
Se seguirán las siguientes pautas frente a la realización de programas que sean difundidos en la emisora:
1. Establecer la idoneidad de las fuentes sobre el tema a tratar: las fuentes siempre se identificarán, jerarquizar las fuentes y siempre se determinará el grado de confiabilidad de una fuente.
2. El medio garantiza el derecho de todo periodista de guardar la reserva de la fuente.
3. Se debe exigir la consulta de más de una fuente, contrastar fuentes.
4. En las informaciones donde haya acusación contra una persona u organización, el realizador está obligado a obtener la versión de ella y deberá transmitir lo que diga en su defensa.
5. No se permiten grabaciones clandestinas. Toda persona tiene derecho a saber que su voz está siendo grabada y saber dónde va a ser utilizada. A su vez, el oyente tiene derecho a saber quién es el entrevistado. Excepciones: casos de corrupción, actividades ilegales, fraude.
6. Los temas de conflicto armado serán tratados por equipos de trabajo, nunca por una sola persona.
7. La verdad es la fidelidad a los hechos, se debe comprobar antes de emitir.
ARTÍCULO QUINTO: PAUTAS ACERCA DE LA MÚSICA.
Respecto a la música la emisora comunitaria seguirá las siguientes pautas:
1. El permitir la difusión de los diferentes géneros musicales, aporta a los procesos de convivencia y reconocimiento del otro.
2. Frente a los contenidos excluyentes y problemáticos de las canciones se debe dar el contexto.
3. Se debe exigir la investigación de géneros, historias y contextos de las músicas en la elaboración de programas.
4. Abrir y promover espacios a los músicos locales.
5. Promover programas en vivo de música.
CAPITULO III
DE LA CIUDADANIA, LA DEMOCRACIA Y LA CULTURA
ARTICULO SEXTO. SOBRE LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS PARA PROTEGER EL DERECHO A LA DIFERENCIA:
La emisora comunitaria seguirá los siguientes parámetros para garantizar el derecho a la diferencia.
1. La emisora comunitaria realizará programas que identifiquen y den a conocer las características de las diversas tendencias culturales que se encuentran en el contexto local, ya sean de origen rural o urbano, nativas o extranjeras.
2. En la programación de la emisora comunitaria se resaltarán mensajes que reconocen en la diferencia como punto de partida para la construcción de ciudadanía. A la diferencia como oportunidad de diálogo intercultural.
3. La programación de la emisora comunitaria mostrará la diversidad de espacios de acuerdo a la diversidad de intereses que caracterizan a una población.
4. En emisora comunitaria se tendrá cuidado con el uso del lenguaje que no discrimine por opción sexual o discapacidad.
5. La emisora comunitaria abrirá espacios de participación para discutir y concertar la construcción de políticas públicas en comunicación y en cultura.
6. La emisora comunitaria sensibilizará a través de productos radiales sobre el respeto por la diferencia y a la diversidad.
7. La emisora comunitaria fomentará el respeto a la diferencia al interior del equipo de trabajo de la emisora.
8. La emisora comunitaria conjugará lenguajes propios y externos para la construcción de mensajes.
9. La emisora comunitaria promoverá su vinculación a otros sectores culturales y de medios de comunicación, quienes alimentarán y fortalecerán la calidad de las producciones desde sus propios saberes y prácticas.
10. La emisora comunitaria adelantará campañas y actividades que fortalezcan la identidad cultural y el sentido de pertenencia en las comunidades.
11. Retomar y utilizar las experiencias o vivencias de los habitantes para el desarrollo de los contenidos.
12. La emisora comunitaria brindará un espacio a las comunidades que tienen pocas oportunidades de expresión en los medios masivos como jóvenes, tercera edad, mujeres y niñez, para lo cual deberán presentar una propuesta de manejo y administración del espacio cuando deseen hacerlo de manera independiente a los espacios institucionales de la emisora.
13. La emisora comunitaria propenderá por construir redes temáticas entre organizaciones que permitan el intercambio, la interlocución y las posibilidades de brindar a las audiencias diversas visiones.
ARTÍCULO SEPTIMO. FORMAS DE PARTICIPACIÓN PARA INVOLUCRAR A DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EN REALIZACIÓN DE
PROGRAMAS DE LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA
parámetros con el fin de involucrar distintos sectores de la comunidad en la realización de la programación:
1. En la emisora comunitaria se puede participar directamente haciendo parte de la programación a través de un espacio, para lo cual deberá seguir las pautas establecidas en el artículo cuarto de este Código de Ética y Manual de Estilo, o como miembro de la junta de programación, siguiendo lo anteriormente dicho y conforme a las facultades que se les da en la norma vigente a este órgano de la emisora. Se participa indirectamente, como audiencia o la asistencia a actividades comunitarias que organice la emisora.
2. Promover la participación de las organizaciones sociales en la junta de programación de la emisora.
3. La emisora comunitaria hará convocatorias públicas periódicamente para que la gente interesada se acerque a la emisora. De esta manera se hace un proceso de socialización de la misma y se fomenta el sentido de pertenencia hacia la emisora.
4. La emisora comunitaria promoverá desde la programación los objetivos de la emisora para que éstos sean entendidos como escenario de lo público.
5. La emisora comunitaria como estrategia de participación hacia las comunidades organizadas y hacia la audiencia promoverá clubes de audiencias.
6. La emisora comunitaria fomentará procesos formativos en producción radial, dirigidos a las organizaciones sociales y a las personas que lo requieran para participar de manera activa en espacios de la emisora.
ARTÍCULO OCTAVO. REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DONDE SE TENGA EN CUENTA LOS DERECHOS DE LA INFANCIA:
La Emisora Comunitaria realizará programas en donde se tenga en cuenta los derechos de la infancia, siguiendo los siguientes parámetros:
1. La emisora comunitaria educará en valores, principios y derechos de la infancia. También en el reconocimiento de su contexto social y explorará las maneras en que esta población puede aportar al desarrollo social del área de servicio de la emisora.
2. La emisora comunitaria trabajará en la formación de audiencia sobre lectura proactiva de medios, lenguaje de medios y sentido de la información hacia la población infantil.
3. La emisora comunitaria reconocerá la ciudadanía infantil.
4. La emisora comunitaria promoverá campañas contra el maltrato y el abuso a la niñez.
5. En la emisora comunitaria en su programación no violará el derecho a la comunicación y a la ciudadanía que tiene la niñez.
7. En la emisora comunitaria los programas infantiles deberán respetar las formas de expresión propias del universo infantil.
8. La emisora comunitaria realizará programas orientados a los adultos con énfasis en defensa de derechos de la niñez.
9. En la emisora comunitaria no se ridiculizará, ni minimizará, ni comercializará a la niñez dentro de la producción radial.
10. La emisora comunitaria gestionará ante las autoridades pertinentes la inclusión en el currículo escolar, la educación en radio y otras tecnologías de la información, para lo cual pondrá a disposición su talento humano y recursos tecnológicos cuando se realicen convenios, contratos con la secretaria de Educación o colegios públicos y privados que busquen generar productos radiofónicos para ser emitidos en la emisora o en las emisoras escolares.
11. La emisora comunitaria hará reconocimiento de los gustos, preferencias y necesidades comunicativas de la audiencia infantil.
ARTICULO NOVENO. PAUTAS PARA EVITAR LA DISCRIMINACIÓN POR ETNIA, GÉNERO O CONDICIÓN SOCIAL:
Para evitar la discriminación, la emisora comunitaria tendrá en cuenta las siguientes pautas:
1. Trabajar con equidad de género.
2. No discriminar por carecer de título profesional de la comunicación o en periodismo o por la formación empírica, a programadores y voluntarios de la emisora.
3. No discriminar por raza, creencia o condición social.
4. Uso del lenguaje que no atente contra la identidad.
5. Igualdad intelectual o afectiva en el abordaje de temas que hacen referencia a las diferencias entre hombre y mujeres.
6. Evitar todo estereotipo racial, étnico y sexual.
7. Fomentar programas que promuevan la tolerancia, aceptación y aprecio de las diferencias
ARTICULO DECIMO. FORMAS DE INVOLUCRAR A LA POBLACIÓN DESPLAZADA Y EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN SOBRE ESTE TEMA.
La emisora comunitaria cuando en su programación aborde temas referentes a la población desplazada seguirá los siguientes criterios:
1. Promoverá la reflexión sobre esta problemática.
2. Estimulará los procesos organizativos de población desplazada.
3. Promoverá programas y actividades en contra de la discriminación y el desconocimiento de la población desplazada.
4. Fomentará escenarios y eventos que posibiliten el encuentro colectivo en torno a las expresiones culturales de las poblaciones afectadas por el conflicto.
ARTICULO DÉCIMO PRIMERO. FORMAS DE COMPROMETERSE EN EL CUIDADO Y PRESERVACIÓN DE LA NATURALEZA QUE GARANTICE EL ENTORNO PARA LAS PRÓXIMAS GENERACIONES.
La emisora comunitaria comprometida con la preservación del Ambiente, se compromete a lo siguiente:
1. Organizar y apoyar campañas de sensibilización sobre las problemáticas medio ambientales del contexto del área de servicio Nº 3 de Bogotá D.C.
2. Promover información que exponga las posibilidades de conservación y aprovechamiento de recursos naturales y el ambiente en general.
3. Promover la educación sobre la importancia del reciclaje para la sostenibilidad ambiental.
4. La educación ambiental se realizará a partir del desarrollo de actitudes críticas y el conocimiento de las relaciones con el entorno natural.
5. Promover espacios de discusión sobre la relación con el ambiente y el desarrollo sostenible.
6. Hacer parte cuando sea convocada por las autoridades competentes de Comités de Prevención y Atención de Desastres.
7. Aportar en la construcción en políticas ambientales locales que impacten el área de servicio Nº 3 de Bogotá D.C.
ARTICULO DECIMO SEGUNDO. DEFENSOR DEL OYENTE.
La Emisora Comunitaria crea el defensor del oyente el cual será un miembro de la junta de programación el cual será elegido por ésta para periodos de un año.
ARTICULO DECIMO TERCERO. FUNCIONES DEL DEFENSOR DEL OYENTE DE LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA:
Las funciones que tendrá el defensor del oyente serán las siguientes:
1. Apoyar los procesos formativos que sean impulsados por la emisora comunitaria entre otros los que tenga que ver con lectura proactiva de medios, lenguaje de medios y sentido de la comunicación.
2. Apoyar mecanismos y procesos de formación que construyan una conciencia y responsabilidad social, pública y ciudadana, en la junta de programación frente al manejo de los contenidos difundidos por la emisora comunitaria.
3. El defensor deberá recibir las denuncias sobre temas inherentes a la programación de la emisora y tramitarlas ante quien corresponda.
4. Velar por que la programación esté acorde a los fines de la radiodifusión sonora comunitaria y el proyecto comunicativo de la emisora comunitaria.
5. Promover en la junta de programación y en la programación de la emisora comunitaria el reconocimiento de la audiencia, más que como oyentes, como interlocutores y actores de desarrollo social.
6. Ejercer veeduría, seguimiento y medición de impacto de la producción radial en relación a los fines de la radiodifusión sonora comunitaria y al proyecto comunicativo de la emisora.
CAPITULO IV.
CRITERIOS PERIODÍSTICOS
ARTICULO DECIMO CUARTO. PRINCIPIOS ÉTICOS DE LOS REALIZADORES DE LA INFORMACIÓN EN LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA
Los equipos de productores radiales de la emisora seguirán en su trabajo los siguientes principios éticos:
1. El respeto y la promoción del derecho a la honra, a la intimidad y al buen nombre de las personas.
2. La prevalencia del interés general sobre el particular para todo tipo de información que se produzca en el medio.
3. La práctica periodística se ejerce con responsabilidad social, equidad, honestidad y justicia.
4. La información y la programación se trabajarán con independencia y libertad de expresión.
5. Reconocimiento y promoción de los derechos fundamentales del ser humano.
6. La labor de informar significa equilibrio entre las propuestas del medio, el reconocimiento y trabajo con las temáticas que demanda y propone la
comunidad. De esta manera, la emisora comunitaria contribuye a la construcción de una agenda informativa pública y colectiva.
7. La veracidad, precisión y agilidad en el manejo de la información.
8. El lenguaje periodístico debe ser claro, sencillo, respetuoso y acorde con las características culturales del contexto.
9. Los recursos sonoros utilizados no falsearán las informaciones ni limitarán la creatividad de los realizadores.
10. Tener equilibrio en los recursos sonoros utilizados para mostrar veracidad en las informaciones emitidas
ARTICULO DECIMO QUINTO. PRINCIPIOS CON RELACIÓN AL MANEJO DE FUENTES EN LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA
El manejo de las fuentes por quienes hagan parte de la programación de la emisora seguirán las siguientes reglas:
1. Las relaciones entre el periodista y la fuente estarán basadas en el respeto, la independencia y la veracidad.
2. La pluralidad de fuentes garantiza confiabilidad y calidad informativa.
3. Los realizadores tienen la obligación de no revelar la identidad de las fuentes que hayan solicitado mantenerse anónimas, salvo los casos que contemple la ley.
4. A la fuente que ha sido víctima de algún hecho de violencia, catástrofe natural o calamidad doméstica, se le respetará su dignidad, intimidad y situación evitando el sensacionalismo.
5. El realizador debe contar con diversas clases de fuentes como las testimoniales, documentales y bibliográficas.
ARTICULO DECIMO SEXTO. CARACTERÍSTICAS DE UN HECHO PARA CONSIDERARLO NOTICIOSO DENTRO DE LA PROGRAMACIÓN DE LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA.
1. El tema debe ser de interés general y no particular.
2. La información local tiene primacía. La información regional, nacional y mundial, se contextualizará para dar mayores elementos de análisis a la audiencia.
3. Los hechos de la realidad que signifiquen variaciones y cambios, positivos como negativos en la comunidad se reconocen como informaciones prioritarias para el medio.
4. Las informaciones que son actuales y puedan ser actualizables se consideran como hechos noticiosos esenciales para la comunidad.
5. Los temas que se identifiquen con los intereses, problemas, propuestas y sueños de las comunidades.
6. Es deber de la emisora hacer seguimiento a los hechos que han sido noticia.
ARTICULO DECIMOSEPTIMO. CRITERIOS PARA ETENDER LA DIVERSIDAD DE GENEROS PERIODISTICOS EN LA PROGRAMACION DE LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA
La emisora comunitaria seguirá los siguientes criterios para atender el asunto de diversidad de géneros periodísticos:
1. Legitimar y enriquecer los diálogos entre la audiencia y los realizadores a través de la producción de programas con diversas formas de narrar acudiendo a los géneros radiales (dramatizado, informativo, musical y otros)
2. Usar varias herramientas narrativas dentro del formato elegido, con el objetivo de dinamizar y hacer más variado el programa.
ARTICULO DECIMO OCTAVO. MANEJO DE INFORMACIÓN EN PROGRAMAS DIRIGIDOS A GRUPOS POR EDAD EN LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA
La emisora comunitaria hará el manejo de la información en programas dirigidos a grupos por edad de la siguiente manera:
1. Conocer y diferenciar los horarios de programación según el tipo de audiencia.
2. Reconocer los gustos, necesidades y temáticas de interés de cada grupo de edad de la población.
3. Pluralidad de personajes e historias en las narrativas radiofónicas, que cuenten la realidad de dichas audiencias.
4. Tener en cuenta en toda la programación los lenguajes propios de cada grupo de edad (palabras, significados, ritmos, entonaciones y ambientes).
5. La participación de las audiencias en la construcción de la programación y los contenidos, a través de encuestas, grupos de discusión, llamadas telefónicas y encuentros locales temáticos.
CAPITULO V.
HECHOS VIOLENTOS Y CRITICOS
ARTICULO DECIMO NOVENO. CRITERIOS QUE DEBEN TENERSE EN CUENTA PARA EL MANEJO DE FUENTES SOBRE HECHOS VIOLENTOS EN LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA
La emisora comunitaria tendrá en cuenta los siguientes criterios al momento de manejar hechos violentos:
1. Comprobar la exactitud y veracidad de las fuentes y cuidarse de no caer en el error.
2. Identificar las fuentes siempre que sea factible.
3. No limitarse a las fuentes primarias y oficiales
4. Desconfiar de las fuentes que ofrecen información a cambio de favores o dinero; evitar ofrecer pago por la noticia.
5. Confrontar las fuentes. Cerciorarse que los titulares, avances noticiosos, fotos, videos, materiales, fragmentos sonoros y citas suministrados por terceros o medios de comunicación, no tergiversen los hechos.
ARTICULO VEGESIMO. CONSIDERACIONES QUE DEBEN HACERSE PARA EL MANEJO DEL LENGUAJE EN LA COMUNICACIÓN DE HECHOS VIOLENTOS EN LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA.
La emisora comunitaria en la producción de sus programas tendrá en cuenta en el manejo del lenguaje lo siguiente:
1. Utilizar redacciones claras, concretas, haciendo buen uso de la palabra.
2. Evitar los calificativos y apasionamientos al emitir la información.
3. Evitar las escenificaciones engañosas.
4. Emitir informaciones que le permitan a la audiencia, mantener la esperanza.
5. Ponernos de lado de los afectados y pensar en las sensibilidades propias del ser humano.
6. Evitar el sensacionalismo.
7. Abstenerse de usar lenguaje castrense en la información que se emite.
ARTICULO VIGESIMO PRIMERO. ESTRATEGIAS PARA EVITAR EL TRATAMIENTO SENSACIONALISTA DE LA INFORMACIÓN DE HECHOS VIOLENTOS EN LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA.
La emisora evitará el tratamiento sensacionalista en la información de hechos violentos a través de lo siguiente:
1. Evitar lenguajes exagerados y descontextualizados.
2. Evitar conflictos de intereses, reales o aparentes.
3. Estar libres de vínculos y actividades que puedan comprometer su integridad o perjudicar su credibilidad.
4. No dejarse llevar por los apasionamientos y rumores.
5. No sacar provecho del drama humano.
6. No utilizar lenguajes estereotipados.
7. No difundir el miedo.
8. Generar confianza en los oyentes.
9. Evitar la manipulación o trato preferencial de anunciantes y personas con intereses particulares.
ARTICULO VIGESIMO SEGUNDO. ESTRATEGIAS PARA CONJUGAR LA INMEDIATEZ PROPIA DE LA RADIO CON LA RESPONSABILIDAD EN LA INFORMACIÓN DE HECHOS VIOLENTOS EN LA EMISORA COMUNITARIA La emisora local regional comunitaria y alternativa para conjurar la inmediatez propia de la radio con la responsabilidad en la información de hechos violentos seguirá las siguientes reglas:
1. No lanzar información sin tener certeza y apoyo probatorio sobre el hecho.
2. Rechazar presiones por parte de los directores de medios o personas con intereses particulares y que influyen en la cobertura noticiosa.
3. Cuando la información emitida afecte adversamente a personas e instituciones, se debe permitir la rectificación en condiciones de equidad.
4. Mostrar una especial sensibilidad al tratar información que afecte a: niños, adultos mayores, personas con discapacidad, o quienes hayan sufrido de abusos, tragedias o amenazas.
CAPITULO V.
PUBLICIDAD Y FINANCIACION
ARTICULO VIGESIMO TERCERO. CRITERIOS PARA ACEPTAR O RECHAZAR PAUTA PUBLICITARIA EN LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA.
La emisora comunitaria tendrá los siguientes criterios para aceptar o no una pauta:
1. Que no atente contra los principios del proyecto comunicativo y se encuentre dentro de las exigencias legales vigentes.
2. Que no esté en contra del bienestar físico, mental o ético de la comunidad.
3. Darles prioridad a los productos de la de los territorios del área de servicio Nº 3 de Bogotá D.C.
4. Exigir registro legal e investigar la procedencia de los productos alimenticios y de salud.
5. La publicidad no debe promover el engaño de ningún tipo.
6. Tendrá prioridad toda aquella pauta publicitaria que apoye campañas de proyección social, ayuden a la prevención y solución de los problemas de la comunidad.
7. Investigar la procedencia y fines del objeto publicitario.
ARTICULO VIGESIMO CUARTO. ELEMENTOS A CONSIDERAR EN LOS MENSAJES PUBLICITARIOS.
La emisora local regional comunitaria y alternativa tendrá las siguientes consideraciones en los mensajes publicitarios:
1. Manejo de lenguaje radial adecuado. (estética sonora)
2. Que no desacredite a otros productos, servicios y bienes.
3. Credibilidad.
4. Veracidad y claridad.
ARTICULO VIGESIMO QUINTO. CRITERIOS DE LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA PARA DIFERENCIAR LA PUBLICIDAD Y LA PROPAGANDA. Para la emisora comunitaria se entenderá por:
1. Propaganda: Son aquellos mensajes que promueven ideas y conceptos para la construcción de ciudadanía, análisis, opinión, sensibilización y formación de público.
2. Publicidad: Mensajes que promociona bienes y servicios, con el fin de atraer y retener clientes o consumidores de un producto.
ARTICULO VIGESIMO SEXTO. CRITERIOS DE LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA PARA PROGRAMAR PAUTA PUBLICITARIA. La emisora comunitaria tendrá como criterios para programar la pauta publicitaria lo siguiente:
1. La pauta debe ser novedosa y objetiva
2. Sincronizada con los horarios y programación de la Emisora
3. Mantener la estética y perfil de la emisora en su producción.
4. Tener claro cuál es la audiencia a la que llegará el mensaje.
ARTICULO VIGESIMO SEPTIMO. LINEAMIENTOS SOBRE LA RELACIÓN EMISORA Y ANUNCIANTES. La emisora local regional comunitaria y alternativa tendrá las siguientes relaciones respecto a sus anunciantes:
1. La emisora comunitaria, en relación con los anunciantes se reserva total independencia con respecto a su programación.
2. La emisora comunitaria, tendrá siempre una parrilla de programación sobre la cual se harán los ajustes respectivos según las necesidades y se le notificará a los integrantes de la junta de programación.
3. La emisora comunitaria escuchará las sugerencias del cliente o dueño del producto a publicitar
4. Los clientes deben acogerse a lo establecido en el manual de estilo de La emisora comunitaria.
5. La emisora comunitaria, guardará la equidad en el acceso y contratación de los espacios publicitarios.
6. La emisora comunitaria, velará por el estricto cumplimiento de lo que se pacte en el convenio de publicidad.
7. LA FUNDACION DE COMUNICACIONES 7PUNTO21 SOMOS EVOLUCION queda ampliamente facultada para establecer los lineamientos para establecer la relación emisora y cliente publicitario dejando en claro los procesos de contratación que se cumplirán luego de la valoración y aceptación de la pauta conforme a los criterios aquí establecidos.
EL PRESENTE CODIGO DE ETICA Y MANUAL DE ESTILO DE LA EMISORA LOCAL REGIONAL COMUNITARIA Y ALTERNATIVA
Fue aprobado por la Fundación de Comunicaciones 7PUNTO21 Somos Evolución y se socializó a La Junta de Programación de la Emisora Local Regional Comunitaria y Alternativa.
El 15 de Mayo de 2022
PARA CONSTANCIA Y APLICACIÓN SE FIRMA POR:
WYLINTON GONZALEZ MOLINA
Representante Legal
FUNDACION DE COMUNICACIONES 7PUNTO21 SOMOS EVOLUCION
HUMBERTO RAMOS ANAYA
Director General
Emisora Local Regional Comunitaria y alternativa
7PUNTO21RADIO 88.1 FM
“Música Que Evoluciona”